lunes, 22 de septiembre de 2014

Ciudad / Movilidad: No se gane una multa, mañana día sin carro y sin moto

Este martes 23 de septiembre, se llevará a cabo el Día sin Carro y Sin Moto, el cual estará vigente tanto en la ciudad de Pereira como en el municipio La Virginia. 

La jornada inicia desde las 7:00 de la mañana hasta las 7:00 de la noche y solo se permitirá el tránsito vehicular a través de la Romelia – El Pollo, Avenida de las Américas hasta el Terminal de Transportes;  vía Armenia desde el puente sobre el río Consota continuando por el Terminal de Transportes por la calle 17 hasta empalmar la Avenida El Ferrocarril para llegar al Viaducto César Gaviria Trujillo; segmento vial de la Variante Sur – Sur, o Condina que empalma con la vía a Armenia; Avenidas El Ferrocarril y 30 de Agosto.

Los infractorse serán llevados hasta la Plaza de Bolívar, donde el Instituto Municipal de Transito, les dictaran charlas educativas, así lo anunció James Herrera, director del ente de control.

Dato
Un total de 70 agentes de tránsito estarán dispuestos en la ciudad, especialmente en los corredores viales habilitados, para garantizar la movilidad de las personas que se dirigen hacia otros municipios.

Excepciones
Algunos vehículos y motocicletas tendrán excepciones:
- Vehículos de Emergencia.
- Vehículos de atención médica especializada.
- Vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
- Vehículos de transporte de alimentos perecederos.
- Vehículos de medios de comunicación debidamente identificados.
- Vehículos pertenecientes a las fuerzas Militares, Policía Nacional, Agentes de Tránsito y vehículos adscritos a la Rama Judicial.
- Vehículos destinados al control de tráfico, grúas y carros talleres de asistencia técnica debidamente identificados.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas discapacitadas o pacientes que se desplacen en razón de tratamientos vitales. (Deben presentar certificado médico que acredite la necesidad del desplazamiento).
- Vehículos de trasporte de valores y sus respectivos escoltas.
- Coches funerarios.
- Vehículos de carga en cuya matrícula establezca capacidad de carga no superior a dos (2) toneladas.
- Vehículos destinados al trasporte y logística de eventos.
- Vehículos pertenecientes a empresas privadas de vigilancia, previa acreditación de tal calidad.
- Motocicletas que presten servicios de domicilios, debidamente identificadas.

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