sábado, 1 de marzo de 2014

Cámara / Senado: prohibida publicidad política el día de elecciones

Foto colombia.com
Los Alcaldes deberán concertar con autoridades y los representantes de Partidos Políticos el desmonte de la publicidad que ha sido ubicada previo a los comicios.

Ningún tipo de publicidad o propaganda política podrá ser difundida el domingo 9 de marzo, día de las elecciones, así lo estipula el decreto 415 del 2014 del Ministerio del Interior mediante el cual se adoptan medidas para la conservación del orden público.

La norma también prohíbe afiches en carros o la instalación de nuevos pasacalles en cualquier parte del territorio nacional. Por tal motivo el Gobernador Carlos Alberto Botero, dvirtió que los alcaldes de cada municipio deberán concertar con autoridades electorales y los representantes de los Partidos y Movimientos Políticos “si la publicidad que ha sido ubicada previo a los comicios electorales se retira antes o después del 9 de marzo próximo”.

Medidas
· La Ley Seca en todo el territorio nacional, regirá desde las 6:00 de la tarde del día sábado, 8 de marzo, hasta las 6:00 de la mañana del día lunes, 10 de marzo.

· Desde el lunes, 3 de marzo, y hasta el lunes, 10 de marzo, solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.

· El porte de armas queda restringido en todo el territorio nacional desde el viernes, 7 de marzo, hasta el miércoles, 12 de marzo, sin perjuicio de que las autoridades militares expidan autorizaciones especiales durante estas fechas.

· Frente a las manifestaciones y actos de carácter político, los interesados deben dar aviso respectivo a los alcaldes locales para la realización de desfiles, quienes podrán modificar entre otros, la fecha de su realización de conformidad con el artículo 102 del Código Nacional de Policía.

· Los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse de sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del Secreto del Voto.

· Durante la jornada electoral, que iniciará a las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m. no podrán usarse dentro del puesto de votación: teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video, salvo los medios de comunicación debidamente identificados.

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